Definición
Un dividendo es la parte del beneficio que una sociedad reparte entre sus socios.
Es la vía por la que el dinero pasa de la empresa a las personas, y en una pyme donde el socio es también quien trabaja convive con otra: la nómina. Elegir entre las dos no es una cuestión de comodidad, tiene consecuencias fiscales y de imagen del balance.
Quién lo decide y con qué límites
Solo lo puede acordar la junta general, al aprobar las cuentas y decidir la aplicación del resultado. Ni el administrador puede repartir por su cuenta, ni se puede acordar en cualquier momento del año — salvo la figura del dividendo a cuenta, que exige comprobar que hay liquidez suficiente.
Y hay límites que no dependen de la voluntad de nadie:
Solo se reparte si hay beneficio o reservas disponibles. No se puede repartir a costa del capital.
Después de dotar la reserva legal.
Si el patrimonio neto es inferior al capital social, no se reparte. El beneficio va obligatoriamente a compensar esa diferencia. Es la protección de los acreedores: primero se repone lo perdido, después se reparte.
Con reservas indisponibles bloqueadas, entre otras las asociadas a gastos de desarrollo o a un fondo de comercio activado.
La doble imposición
Es la característica que más condiciona la decisión en una pyme.
El beneficio ya pagó el impuesto de sociedades en la empresa. Cuando ese beneficio ya gravado se reparte como dividendo, el socio vuelve a tributar por él en su IRPF, dentro de la base del ahorro.
El mismo euro pasa por Hacienda dos veces. No es un error del sistema: es cómo funciona la separación entre la sociedad y sus socios.
Por eso la comparación entre nómina y dividendo no tiene una respuesta universal:
| Nómina | Dividendo | |
|---|---|---|
| En la empresa | Gasto deducible | No es gasto: sale del beneficio ya gravado |
| En el socio | IRPF, base general (progresiva) | IRPF, base del ahorro |
| Cotización | Sí | No |
| Regularidad | Mensual | Cuando lo acuerda la junta |
Cuál compensa depende del importe, del resto de rentas del socio y de su situación. Es exactamente el tipo de cálculo que hace tu asesoría con tus números, y en el que las reglas generales de internet fallan.
Ejemplo práctico
En una pyme donde el dueño trabaja en su propia empresa, el patrón que más he visto es no decidir: se saca lo que hace falta, cuando hace falta, y a final de año la asesoría lo encaja como puede.
Lo que aprendí, y es lo que ordena esto: la decisión de reparto debería tomarse una vez al año, con el presupuesto delante, y responder a dos preguntas antes que a la fiscal:
¿Cuánta caja necesita la empresa el año que viene? Si el plan es crecer, crecer consume caja — más stock, más pendiente de cobro — y repartir justo antes de un año de crecimiento obliga a pedirle al banco lo que acabas de sacar.
¿Qué colchón queda si el año va mal? Repartir hasta el límite deja a la empresa sin margen.
Solo después de responder esas dos tiene sentido preguntar cómo conviene sacarlo.
El segundo aprendizaje, sobre un error frecuente: repartir dividendo no es lo mismo que tener el dinero. Es perfectamente posible acordar un reparto con beneficio contable suficiente y no tener liquidez para pagarlo, porque el beneficio está convertido en almacén y en facturas pendientes. El acuerdo genera una deuda de la sociedad con los socios que hay que atender. Ver cashflow.
Y un aviso sobre el minoritario: en España existe un derecho de separación del socio si la sociedad tiene beneficios y sistemáticamente no reparte. Es una norma que ha ido cambiando de vigencia y condiciones, y conviene tenerla presente cuando hay socios que no gestionan.
Errores comunes
- Repartir sin comprobar los límites legales.
- Confundir beneficio con liquidez.
- Sacar dinero de la sociedad sin forma jurídica. Ni nómina ni dividendo: eso acaba siendo un préstamo al socio con reglas propias y riesgo fiscal.
- Decidir solo por fiscalidad e ignorar lo que la empresa necesita.
- Repartir con el patrimonio neto por debajo del capital.
- No documentarlo en acta.
- Olvidar la retención que la sociedad debe practicar al pagar el dividendo. Ver retenciones.
Cuándo decidirlo
Una vez al año, en la junta que aprueba las cuentas — que es el único momento ordinario en que se puede.
Y con el orden correcto de preguntas: primero qué necesita la empresa, después qué necesita el socio, y por último cómo se saca de la forma más eficiente.
Con la advertencia habitual: esto es divulgativo. La comparación entre nómina y dividendo la hace tu asesoría fiscal con tu situación concreta.