FINANZAS

Aval

Garantía por la que alguien responde de una deuda ajena si el deudor no paga. En una pyme, ese alguien suele ser el socio con su patrimonio.

Nivel · intermedio4 min de lecturaActualizado 27 ago 2026
También conocido como: Garantía personal, Fianza, Afianzamiento

Definición

Un aval es una garantía por la que una persona o entidad se compromete a responder de una deuda ajena si el deudor no paga.

Suena a trámite y es la firma con más consecuencias que se pone en una pyme. Porque cuando el banco pide el aval personal del socio, lo que está diciendo es exactamente esto: la responsabilidad limitada de tu sociedad no me vale para esta deuda.

Aval solidario: la palabra que importa

Casi todos los avales que se firman en España son solidarios, y esa palabra cambia el escenario por completo.

Aval simple: el acreedor tiene que reclamar primero al deudor principal y agotar esa vía antes de ir a por ti. Es el llamado beneficio de excusión.

Aval solidario: puede ir directamente a por ti, sin haber intentado cobrar del deudor. Y si hay varios avalistas, puede reclamar el total a cualquiera de ellos.

La renuncia al beneficio de excusión aparece en el clausulado de casi todos los contratos bancarios. Si el documento dice «solidariamente y con renuncia a los beneficios de orden, división y excusión», el banco puede llamarte a ti el primer día de impago.

Los tipos que vas a encontrar

Aval personal del socio. El habitual en préstamos y pólizas de una pyme. Respondes con todo tu patrimonio presente y futuro (artículo 1911 del Código Civil).

Aval bancario. Aquí el banco avala por ti ante un tercero: una licitación, un alquiler de nave, un contrato con una administración. Cuesta una comisión y suele exigir inmovilizar dinero o consumir línea de riesgo.

Aval mancomunado. Varios avalistas responden cada uno de su parte. Es raro verlo: los bancos prefieren el solidario.

Ejemplo práctico

En una pyme industrial, el aval aparece en tres sitios y conviene distinguirlos.

En la póliza de crédito. Aquí el aval personal es prácticamente inevitable en España: sin él, la mayoría de bancos no financia circulante a una sociedad pequeña. La cuestión no es evitarlo, es saber por cuánto y hasta cuándo.

Lo que aprendí, y es lo que más se descuida: un aval no caduca solo. Si cancelas el préstamo, el aval de ese préstamo se extingue con él. Pero el aval de una póliza que se renueva año tras año sigue vivo indefinidamente, y muchas veces cubre también las renovaciones futuras y ampliaciones. Se firma una vez pensando en 60.000 € y cinco años después está respaldando 150.000 € que nadie volvió a firmar.

La costumbre útil: pedir por escrito, cada año, el detalle de qué avales tienes vivos y por qué importe. Ningún banco lo ofrece si no lo pides.

En los concursos y licitaciones. Aquí el aval bancario es un requisito de entrada. Ojo con el coste: inmoviliza garantías y consume la línea de riesgo que quizá necesitabas para otra cosa. Ver licitación.

Y el que más problemas familiares causa: avalar con la vivienda habitual o pedir la firma del cónyuge. Es una decisión de patrimonio familiar disfrazada de trámite bancario, y merece hablarse en casa antes que en la sucursal.

Errores comunes

  • Firmar sin leer si es solidario. Lo es casi siempre, y determina si te reclaman a ti el primer día.
  • No saber qué avales tienes vivos. Se acumulan durante años.
  • Creer que el aval se extingue al cancelar la operación. Depende de cómo esté redactado: hay avales que cubren renovaciones automáticas.
  • No poner límite de importe ni de plazo. Un aval sin tope es un cheque en blanco.
  • Olvidar que la SL no protege aquí. Ver sociedad limitada.
  • Avalar a un tercero por amistad sin calcular el peor escenario. Si no podrías pagar esa cantidad, no lo firmes.

Cuándo revisarlo

Una vez al año, junto a la revisión de deuda, y siempre antes de firmar uno nuevo o de renovar una póliza.

Las dos preguntas que hay que poder responder antes de firmar: ¿de cuánto respondo exactamente? y ¿qué tiene que pasar para que este aval deje de existir? Si alguna de las dos no tiene respuesta clara en el papel, todavía no está listo para firmarse.

Y con la advertencia obligada: esto es divulgativo. Un aval es un contrato con consecuencias patrimoniales serias — que lo revise tu asesoría antes de firmarlo.

Referencias

Tagsempresarialfinanzasriesgofinanciación
Escrito por
Antonio Echeverría

Dirijo IMDICA, una empresa de suministro industrial, desde 2007. Escribo estas definiciones desde el lado de quien las usa para decidir, no desde el de quien las estudia.

Si esto lo estás sacando de hojas de cálculo, lo convierto en un panel en AE Works.